La implementación de las cuotas obligatorias de contratación para personas con discapacidad en Colombia, establecidas en el numeral 17 del artículo 15 de la Ley 2466 de 2025, marca un punto de inflexión para las organizaciones del país. Desde el 25 de junio de 2026, las empresas deben cumplir nuevas obligaciones en materia de inclusión laboral, con impactos jurídicos, operativos y estratégicos.
La medida aplica especialmente a compañías con más de 100 trabajadores, bajo un esquema escalonado:
- Entre 100 y 500 empleados: vincular al menos dos (2) personas con discapacidad por cada 100 trabajadores.
- Más de 500 empleados: mantener esa base y sumar una (1) persona adicional por cada nuevo grupo de 100 trabajadores.
Más allá del componente social, la norma implica riesgos legales y ajustes internos para áreas como Gestión Humana, Recursos Humanos, Seguridad y Salud en el Trabajo y Jurídica. Las empresas deberán garantizar que las personas vinculadas cuenten con certificación oficial de discapacidad, además de revisar procesos de selección, accesibilidad física y digital, y políticas de diversidad e inclusión.
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Para Adelaida Portilla, directora jurídica de Adecco Colombia, el cumplimiento exige preparación anticipada. “No se trata solo de cumplir una cuota, sino de revisar procesos, fortalecer el conocimiento normativo y desarrollar estrategias que permitan gestionar riesgos y oportunidades”, señaló.
Desde Adecco advierten que la inclusión laboral también se consolida como un factor de sostenibilidad, productividad y reputación corporativa. Iniciar desde ahora diagnósticos internos, identificar vacantes potenciales, adecuar puestos de trabajo y capacitar equipos puede marcar la diferencia para cumplir la norma de forma eficiente y convertir la obligación en una ventaja competitiva.
