La Fiscalía General de la Nación reformuló la imputación contra el artista colombiano Blessd, cuyo nombre de pila es Stiven Mesa, y cambió el delito de secuestro extorsivo por el de constreñimiento ilegal.
La modificación se produjo durante una audiencia de reformulación de imputación y representa un cambio sustancial en la hipótesis jurídica con la que comenzó el proceso.
De acuerdo con la información confirmada por la representación jurídica del artista, el secuestro extorsivo contemplaba una pena mínima de 320 meses de prisión, mientras que el constreñimiento ilegal parte de una pena de 18 meses. Estas referencias corresponden a los marcos penales de los delitos, no a una condena contra Mesa.
¿Por qué cambió la imputación?
El nuevo escenario judicial se conoce después de las audiencias anteriores, en las que la jueza del caso concluyó que los elementos presentados no permitían inferir con suficiencia que Andrés Felipe Sánchez Quintero hubiera sido privado de su libertad, un elemento esencial para sustentar la hipótesis de secuestro.
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Durante esas diligencias, la Procuraduría General de la Nación también se opuso a la solicitud de medida de aseguramiento y cuestionó que los elementos debatidos permitieran acreditar la existencia de un secuestro extorsivo.
Finalmente, el despacho judicial no impuso medida de aseguramiento, por lo que Stiven Mesa y los demás procesados continuaron ejerciendo su derecho de defensa en libertad.
Con la reformulación, el proceso continúa bajo la calificación jurídica de constreñimiento ilegal. El cambio no constituye una absolución ni significa que el caso haya terminado, sino una modificación del delito por el que la Fiscalía adelanta la actuación judicial.
